A pesar de las “trabas” administrativas impuestas a las prejubilaciones por los últimos Gobiernos, los planes colectivos o individuales de prejubilación siguen siendo el sistema menos traumático de desvinculación laboral, considerados en muchos casos como un “premio” a la hora de culminar la carrera profesional de los trabajadores.
Desde esta publicación –BAE– en varias ocasiones se ha tratado el tema de las prejubilaciones, con diferentes datos y reflexiones respecto a la eficacia de los planes de prejubilación. En el último de los artículos publicados (BAE 194 – 2o trimestre 2014) definíamos perfectamente en qué consiste esta medida:
“El objetivo de las prejubilaciones es dotar a los trabajadores de los medios económicos suficientes desde que cesan en la empresa hasta el momento en que empiecen a percibir su pensión de jubilación. También, en ese mismo periodo, se garantiza el mantenimiento de la cotización a la Seguridad Social mediante la suscripción de un convenio especial. El coste de cada operación de prejubilación lo asume la empresa, a excepción de las prestaciones del desempleo, que lógicamente asume el Estado, pero que en cualquier caso el trabajador siempre tendría derecho a ellas por el hecho de estar incluido en un ERE y por haber contribuido con sus cotizaciones a la Seguridad Social en la empresa, o empresas, donde ha desarrollado su carrera profesional. En resumen, las prejubilaciones –como medida social aportada en los EREs- le garantizan al trabajador su subsistencia económica hasta que empiece a cobrar su pensión de jubilación”.
Las prejubilaciones como mecanismo para reestructurar plantillas
Como es sabido, las prejubilaciones ha sido un mecanismo muy extendido en la economía española durante los años ochenta y noventa para la adecuación de las plantillas a las necesidades de reestructuración de grandes sectores productivos, como la siderurgia, minería, la construcción naval, etc., permitiendo una salida ordenada de los trabajadores de mayor edad en las empresas, con cuya medida éstos se aseguraban una renta que les permitía mantener su nivel de vida hasta alcanzar la edad legal de jubilación.
Los detractores alegan que no es ético el utilizar pensiones públicas –con cargo a las arcas del Estado- con fines particulares –ajuste de plantilla de las empresas-. Los que están a favor dicen que se tiene derecho a las pensiones del Estado si previamente, tanto empresa como trabajador, han cotizado para ello. Por tanto, no se está si no ejerciendo el derecho a cobrar algo por lo que previamente han ido haciendo aportaciones a la Seguridad Social.
Por otro lado, si bien a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) le gusta la senda iniciada de las reformas acometidas para tratar de retrasar la edad media de jubilación real, que en España se sitúa entre los años 2009 y 2014 en 62,20 en los hombres –la media europea está en 64,60-, y en 63,10 para las mujeres –justo en la media de Europa-, reclama continuar con los cambios para afrontar los riesgos futuros de sostenibilidad social y pobreza entre las personas mayores.
Con ese fin se han ideado reformas para tratar de reducir los importes de la jubilación, tanto en tiempo – retraso de edad de jubilación de 65 a 67 años y vincular la edad de jubilación ordinaria a la esperanza de vida-, como en importe –aumento de las bases de cotización en el cálculo de 15 a 25 años, establecer una correlación entre la situación de la Seguridad Social y la actualización de las prestaciones-.
Enmienda Telefónica
En cuanto a las prejubilaciones se trataron de reducir aplicando la aportación al Tesoro Público conocida como “Enmienda Telefónica”, por la cual se obliga a las medianas y grandes empresas a financiar el desempleo de los trabajadores mayores de 50 años que realicen despidos colectivos de acuerdo a lo establecido en el artículo 51 el Estatuto de los Trabajadores y que cumplan algunos requisitos, tales como que la empresa tenga beneficios en al menos dos ejercicios económicos consecutivos entre el ejercicio económico anterior al despido y los cuatro ejercicios posteriores a dicha fecha.
El nombre de la enmienda se debe al intento en 2011 por parte de Telefónica de despedir a 6.500 trabajadores mediante un Expediente de Regulación de Empleo, días después de proclamar los mayores beneficios de su historia con 10.167 millones de euros.
Los datos nos dicen que, de momento, no se ha logrado el objetivo, ya que las prejubilaciones en las últimas dos décadas del siglo pasado suponían 60.000 jubilaciones al año, mientras que en la evolución en los últimos años es la siguiente: en 2012 fueron 127.374, en 2013 fueron 119.058 , en 2014 fueron 122.517 y en 2015 fueron 126.669.
Eso sí, se ha obtenido un claro beneficio para las arcas de Estado, ya que desde el 15 de marzo de 2013, fecha en la que entró definitivamente en vigor esta penalización de las empresas que incurran en estos procesos, el Tesoro ha recaudado 224.821.490 euros. La cuantía en 2015 ha crecido un 171% respecto a los 82,7 millones de euros ingresados a finales del año anterior. Incluso, en los próximos meses, los ingresos del Estado podrían ascender a 257 millones si todos los procesos en marcha terminan positivamente para el Tesoro.
La razón es que 27,7 millones de euros están pendientes de ingresar debido a las resoluciones recurridas por las empresas, mientras que otros 4,3 millones están en periodo de pago voluntario.
Compañías que están acelerando las prejubilaciones
Como conclusión se puede decir que es un hecho que las empresas con beneficios están acelerando las prejubilaciones aunque sea soportando una penalización económica a favor del Tesoro. Empresas de referencia que lo están llevando a cabo pueden ser: Asea Brown Bovery, Barclays Bank, Grupo Boehringer, Greenpeace España, Nokia Siemens Network, Pfizer, Telefónica, Iberia o Repsol, y en el 2016 se espera que el proceso continúe con especial relevancia en el sector bancario. Los motivos se podrían atribuir a la mejoría de la economía española y a la gran incertidumbre política, que hace que los procesos se aceleren ante el desconocimiento de las posibles reformas legales que sin duda existirán en la próxima legislatura.