Caso de estudio
Una de nuestras trabajadoras nos solicita disfrutar una parte de la maternidad a tiempo completo y otra a tiempo parcial, ¿estamos obligados a concederle el disfrute mixto?, ¿Qué condiciones legales tiene esta modalidad de maternidad?
Respuesta de su Asesor Laboral
Lo que plantea la trabajadora sí es posible, la maternidad puede disfrutarse a tiempo parcial, aunque será necesario el cumplimiento de varios requisitos:
- Será imprescindible el acuerdo previo entre el empresario y el trabajador afectado.
- Dicho acuerdo podrá celebrarse tanto al inicio del descanso correspondiente como en un momento posterior y podrá extenderse a todo el período de descanso o a parte del mismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo del punto siguiente.
- En caso de parto, la madre no podrá hacer uso de esta modalidad de permiso durante las 6 semanas inmediatas posteriores al mismo, que serán de descanso obligatorio.
Además, el disfrute a tiempo parcial del permiso de maternidad, se ajustará a las siguientes reglas:
- El período durante el que se disfrute el permiso se ampliará proporcionalmente en función de la jornada de trabajo que se realice.
- El disfrute del permiso será ininterrumpido. Una vez acordado, sólo podrá modificarse mediante nuevo acuerdo entre el empresario y el trabajador afectado, a iniciativa de éste y por causas relacionadas con su salud o la del menor.
- Durante el período de disfrute del permiso de maternidad a tiempo parcial, los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo las necesarias para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
- El tiempo en el que el trabajador preste servicios parcialmente tendrá la consideración de trabajo efectivo, manteniéndose suspendida la relación laboral durante el tiempo restante. No serán de aplicación a este supuesto las reglas establecidas para el contrato a tiempo parcial en el |art. 12 del |ET y sus normas de desarrollo.
Por tanto, la situación que plantea la trabajadora sí sería posible por acuerdo entre las partes.