El Boletín Oficial del Estado del pasado 13 de abril de 2023, publica la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas al impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través del proyecto piloto de reducción de la jornada laboral.
Objeto
Impulsar la productividad en empresas industriales a través del proyecto piloto que planteen mejoras organizativas, entre otras, medidas de reducción de la jornada laboral sin reducir el salario,
apoyando los gastos asociados a esa reorganización y parte de los costes salariales incurridos.
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas constituidas legalmente en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que desarrollen una actividad en el sector industrial y NO formen parte del sector público.
Estas empresas deben ocupar a menos de 250 personas trabajadoras y tener un volumen de negocio anual que no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
Se entenderá que se desarrolla una actividad industrial si las actividades para las que se solicita la ayuda se encuadran en la sección C – Divisiones 10 a
32 del CNAE 2009 y las mismas se han desarrollado al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha fin del plazo de solicitud.
Requisitos del proyecto
- Reducción mínima de la jornada laboral a tiempo completo del 10% de la jornada en computo
semanal. - En ningún caso las medidas de reducción de jornada laboral pueden suponer una minoración
salarial. - Deberá garantizase que el número de mujeres participantes en el proyecto responda al
porcentaje de distribución de género existente en la plantilla. - La reducción de jornada se mantendrá durante dos años.
- La reducción de jornada afectará únicamente a personas trabajadoras con contrato
indefinido a tiempo completo en el momento de inicio del proyecto. - El número de personas trabajadoras participantes, debe afectar como mínimo a un
porcentaje de la plantilla de la empresa o centro de trabajo en función del tamaño de este,
- Medidas organizativas o formativas para optimizar el tiempo de trabajo a implementar durante toda la duración del proyecto piloto, que redunden en la mejora de la productividad.
- Indicadores que midan la mejora de la evolución de la productividad.
- Acuerdo previo a la solicitud de la ayuda con la representación legal de los trabajadores.
- Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Gastos subvencionables
- Costes salariales del personal afectado por la reducción de jornada laboral. Gastos que debe soportar la Compañía durante el primer año, y que incluyen la parte proporcional de los costes brutos de empleo del personal participante conforme a la descripción realizada en la solicitud y en la memoria del proyecto.
- Gastos de contratación de los servicios de formación relativa a la optimización del tiempo de trabajo de las personas afectadas a la implementación del proyecto.
- Gastos de contratación de servicios externos de asesoramiento para el diseño o rediseño de procesos afectados por el proyecto piloto y directamente vinculados a la producción de bienes y servicios de la empresa, o costes de personal implicado en esas mismas funciones.
- El gasto derivado del informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuyo importe máximo subvencionable no podrá exceder del 1 % de la totalidad del presupuesto subvencionable del proyecto. Los gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo de doce meses a contar desde el día siguiente a la resolución de concesión, excepto el gasto derivado del informe de auditoría, que podrá realizarse dentro del plazo concedido para presentar la documentación justificativa.
Importe de la ayuda
El importe máximo de la subvención será del 90% sobre el presupuesto financiable, estableciendo unos límites máximos por conceptos:
- Por costes de personal afectado por la reducción de la jornada laboral durante el primer año:
Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros para gastos de personal afectado por reducción de jornada laboral.
- Por costes de formación, hasta el 100 % del gasto debidamente justificado.
- Por costes de colaboraciones externas y personal interno, hasta el 80 % del gasto debidamente justificado.
- Por gastos de informe de auditor, hasta el 100 % del gasto debidamente justificado, y teniendo en cuenta el límite señalado del 1% de la totalidad del presupuesto subvencionable.
Esta subvención está sujeta al régimen de minimis, por lo que de acuerdo con el Reglamento de la UE el importe máximo de las ayudas de minimis que puede recibir una única empresa no podrá exceder de 200.000 € durante los tres últimos ejercicios fiscales.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación en el BOE.