Entrada en vigor el 1 de enero de 2023
A partir de 2023, y a lo largo de un periodo de diez años, se fijará una cotización adicional destinada al Fondo de Reserva de la Seguridad Social, denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
La cotización adicional será del 0,6% sobre la base de contingencias comunes, siendo un 0,5% a cargo de la empresa y el 0,1% a cargo de la persona trabajadora.
En caso de las personas adscritas al régimen especial de trabajadores autónomos, asumirán íntegramente el incremento de cotización del 0,6%.
A modo de ejemplo:
- Salario superior a la base cotización máxima (2022) de 4.139,40 €/mes, supondrá un coste adicional de 20,70 €/mes a cargo de la empresa y 4,14 €/mes a cargo de la persona trabajadora.
- Una base de cotización por contingencias comunes de 2.000 €/mes, supondrá una cotización adicional de 10 €/mes a cargo de la empresa y 2 €/mes a cargo de la persona trabajadora.
- Salario mínimo interprofesional, con una base de contingencias comunes de 1.166,70 €/mes, supondrá un coste adicional de 5,83 € al mes a cargo de la empresa y 1,16 € al mes a cargo de la
persona trabajadora.
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional se encuentra regulado en la Disposición final cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, que sustituirá al derogado Factor de Sostenibilidad.